Hugo Lazcano Guzmán fue identificado el conductor del incidente de la ambulancia de Simití con el taxi de COOTRASAN
Por: Carlos G. Galvis
Identificado el conductor del incidente de la ambulancia del hospital de Segundo Nivel, San Antonio de Padua de Simití, con el taxi de COOTRASAN, registrado hace pocos días en el corregimiento del Cerradeburgos, se trata de Hugo Lazcano Guzmán.
Según la información de los conductores de Santa Rosa del sur, el sujeto es extremadamente grosero y agresivo y de pura maldad, paso la ambulancia para tropezar el taxi de la empresa COOTRASAN del municipio de Santa Rosa del sur, Bolívar; la historia aun es más delicada y se la contaremos en el desarrollo de la noticia.
EL ORIGINAL conoció por una fuente extraoficial que está dispuesto a la fiscalía si lo requieren, pero la ambulancia de placa OHK 456 No se encuentra registrada dentro de la plataforma del hospital, de Segundo Nivel, San Antonio de Padua de Simití; la persona que opera el vehículo se tiene entendido que NO tiene contrato para operar la ambulancia; tampoco tiene SOAT, un mucho menos tecno-mecánica.
Según información entregada a nuestro medio de comunicación: “Hugo Lazcano Guzmán presuntamente no tiene contrato, tampoco tiene contrato para conducir ambulancia, el contrato de Lazcano Guzmán es para mantenimiento de las instalaciones; por tal motivo, él NO puede operar un vehículo de emergencia.
La ambulancia no se encuentra en el registro de habilitación por el ministerio de Salud, ni por la Secretaria de Salud; NO puede prestar el servicio de salud, porque debe darse de baja; el conductor debe contar con los cursos que lo acrediten para prestar ese servicio como conductor de ambulancia como es el COBER, Primeros Auxilios entre otros cursos.
En la plataforma del hospital de Segundo Nivel, San Antonio de Padua de Simití, aun no se encuentra el cambio del representante del hospital y ya debería de aparecer en el sistema de la plataforma, ya que la persona fue retirada de ese cargo y debe aparecer el nuevo gerente encargado. Representante legal.
Uno de los transportadores de la región manifiesta “Como comunidad queremos saber hasta dónde vamos a llegar con las tantas irregularidades que se siguen presentando en la E.S.E HOSPITAL SAN ANTONIO DE PADUA DE SIMITI BOLIVAR, es hora señor Ministro de Salud, y Superintendencia de salud Nacional que intervenga el sanatorio antes mencionado, Hechos de irregularidades CONSTANTES son notables a la luz pública, el cual en un video remitido en las redes sociales por la persona afectada en el momento de los hechos donde la AMBULANCIA de placas OHK 456 de propiedad del hospital antes mencionado choca el vehículo de transporte público que se encuentra al costado de la ambulancia, esta AMBULANCIA mencionada no cuenta con la respectiva Habilitación en el servicio de salud para el traslado de pacientes y aún más sin la respectiva póliza de cumplimiento ( SOAT), Como también el incumplimiento en la persona que fue autorizada para manejar en ese momento dicho vehículo de emergencia el cual el operador su contrato no está destinado para conducir las Ambulancias de la entidad y debe cumplir con los siguientes requisitos como es el OVEM, PRIMEROS AUXILIOS,SOPORTE VITAL BASICO, MANEJO DEFENSIVO, MECANICO BASICO u otros más que son de cumplimiento para la prestación del servicio.
Demostrando que en el registro de novedades no ha sido cambiado y aún sigue en representación legal del señor LUIS FERNANDO VASQUEZ ESCUDERO, No teniendo en cuenta que la RESOLUCION 3100 DEL 2019 del MINISTERIO DE SALUD es muy clara y explícita en donde nos dice CAPITULO III NOVEDADES Y CIERRE DE SERVICIOS. ART. 12 Los prestadores del servicio de salud están en la obligación de reportar las novedades que aquí se enuncian ante la respectiva Secretaria de salud departamental o Distrital, diligenciando el respectivo formulario de novedad. ART 12.1 NOVEDADES DEL PRESTADOR DE SERVICIOS DE SALUD. (a). Cierre del prestador del servicio de salud (b). Disolución y liquidación de la entidad (c). Cambio de domicilio (d). Cambio de nomenclatura (e). Cambio del representante legal (f). Cambio de Razón social o nombre que no implique el cambio del nit (g). Cambio de datos de contactos (teléfono, correos). El incidente fue denunciado hoy.