Cierran la vía los sampableros, por falta de planeación urbana.
El viernes a las cuatro hasta las 7 de la mañana del presente anuario, la comunidad sampablera, protestó por el nefasto gobierno de Omar Bohórquez, quien ha permitido el crecimiento urbanístico desordenadamente, donde algunos propietarios quieren es construir encima de la vía asfaltada y han encajonado al municipio a crecer desordenadamente y hasta perdiendo el paisajismo.
Los ciudadanos señalan, que no se puede permitir que se sigan edificando casas, casi encima de la carreta entre San Pablo y Cantagallo, igual que a la que conduce a Simití, donde levantaron una vivienda a solo centímetros del asfalto, sin respetar los cinco metros por Ley.
El periódico EL ORIGINAL, conoció el documento enviado al alcalde:
OMAR BOHORQUEZ ROJAS ALCALDE MUNICIPAL ALCALDIA DE SAN PABLO BOLIVAR contactenos@sanpablo-bolivar.gov.co
San Pablo – Bolívar
Asunto: Traslado PQR invasión derecho vía San Pablo – Simití
Cordial saludo,
De manera atenta le informo que a través del aplicativo QPR de la entidad se recibió la siguiente queja del ciudadano, Luis Armando Lesmes Jiménez: Que se están adelantando CONSTRUCCIONES PARTICULARES sobre ZONAS DE EXCLUSION DE LA VIA LEY 1228 DEL 2008 EN la vía transversal de las Américas, tramo San Pablo-Cantagallo-Bolívar en zonas de exclusión y protección a la luz de Ley 1228 de 2008 (julio 16) reglamentada parcialmente por el Decreto Nacional 4550 de 2009, por la cual se determinan las fajas mínimas de retiro obligatorio o áreas de exclusión, para las carreteras del sistema vial nacional, se crea el Sistema Integral Nacional de Información de Carreteras y se dictan otras disposiciones.
SEGUNDO: Artículo 6°.
Prohibición de Licencias y Permisos. Los curadores urbanos y las demás autoridades urbanísticas o de planeación nacional, departamental o municipal, no podrán en adelante conceder licencias o permisos de construcción de alguna naturaleza en las fajas a que se refiere la presente ley.
Quienes contravengan La prohibición aquí establecida incurrirán en causal de mala conducta sancionada con la destitución del cargo. Al respecto, como lo establece la Ley 1228-2008 corresponde a la autoridad municipal el complimiento de lo dispuesto en la norma, por lo que atentamente solicito desplazar a la autoridad policiva al sitio con el fin de verificar la denuncia, y si es el caso restablecer el derecho de vía. En las zonas laterales a la calzada no se permite construcciones. Agradezco su colaboración.